Kit digital para autónomos

Víctor E.

5/19/20252 min read

El Kit Digital es un programa del Gobierno de España que busca subvencionar la implantación de soluciones digitales en pequeñas empresas, microempresas y autónomos. Su objetivo principal es impulsar la digitalización del tejido empresarial para mejorar su competitividad y productividad.

Las características principales del Kit Digital para autónomos incluyen:

  • Bono Digital: Se concede un bono digital con una cuantía máxima de hasta 3.000 euros para autónomos con hasta 3 empleados (Segmento III). Este importe se puede utilizar para adquirir una o varias de las soluciones digitales ofrecidas por los agentes digitalizadores adheridos al programa.

  • Soluciones Digitales Subvencionables: El catálogo de soluciones digitales subvencionables se agrupa en varias categorías, entre las que se encuentran:

    • Sitio web y presencia básica en internet.

    • Comercio electrónico.

    • Gestión de redes sociales.

    • Gestión de clientes (CRM).

    • Inteligencia empresarial y analítica (Business Intelligence).

    • Presencia avanzada en internet.

    • Servicios y herramientas de oficina virtual.

    • Gestión de procesos.

    • Factura electrónica.

    • Ciberseguridad.

    • Comunicaciones seguras.

    • Puesto de Trabajo Seguro (incluye hardware como ordenadores portátiles o de escritorio y tablets, además de licencias de ciberseguridad y encriptado).

  • Agentes Digitalizadores: Los autónomos beneficiarios deben elegir uno o varios agentes digitalizadores adheridos al programa para implementar las soluciones digitales. El bono digital se asigna directamente a estos agentes una vez que se cumplen los requisitos y se justifica la implantación.

  • Requisitos para el Autónomo: Para poder solicitar el Kit Digital, el autónomo debe cumplir una serie de requisitos, como ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo, estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no tener la consideración de empresa en crisis, entre otros.

  • Ayuda a Fondo Perdido: Se trata de una ayuda a fondo perdido, lo que significa que no hay que devolver el importe del bono digital si se cumplen las condiciones establecidas.

IVA y el Kit Digital

La subvención del Kit Digital está exenta de IVA. Esto se debe a que se considera una ayuda económica y no una prestación directa de servicios sujeta a este impuesto.

Sin embargo, es importante tener en cuenta lo siguiente con respecto al IVA:

  • IVA de los Servicios Adquiridos: Los servicios o bienes que adquieras utilizando el bono digital sí estarán sujetos al IVA correspondiente (generalmente el 21%). Este IVA no está cubierto por el bono digital y, en principio, deberás adelantarlo al agente digitalizador.

  • Deducción del IVA: Como autónomo, podrás deducir este IVA en tu declaración trimestral o anual, siempre que los bienes o servicios estén directamente relacionados con tu actividad económica. Es fundamental conservar las facturas para poder realizar esta deducción.

  • Régimen de Módulos: Si tributas en el régimen de módulos, generalmente no podrás deducir el IVA soportado, por lo que este coste no sería recuperable directamente a través de la declaración de IVA.

Más info en: https://www.red.es/es/iniciativas/proyectos/kit-digital